PROPIEDAD INDUSTRIAL - FUNCIONES


La Propiedad Industrial es aquella cuyo objeto son los bienes inmateriales de que dispone el empresario para competir lealmente en el mercado, ya sea en forma de innovaciones técnicas que proporcionen nuevos productos o mejoren los ya existentes (patentes de invención y modelos de utilidad), ya sea en forma de nuevos diseños que hagan sus productos más atractivos (modelos y dibujos industriales), ya sea en forma de signos distintivos que permitan identificar la procedencia empresarial de sus productos o servicios, distinguiéndolos de los de la competencia (marcas) o bien identificar la propia empresa o ramos de actividad de la misma (nombres comerciales).

Las diversas leyes nacionales y convenios o tratados internacionales sobre Propiedad Industrial ofrecen a los empresarios, en forma de patentes, marcas y modelos, las armas con que defender de la imitación y la competencia desleal los resultados de sus esfuerzos por lanzar al mercado productos más eficaces, más útiles o más atractivos o simplemente por desarrollar y prestigiar sus actividades en el mercado. En realidad el objetivo común de los diferentes derechos de Propiedad Industrial es el de proporcionar a los empresarios los medios para defender sus creaciones en un mundo regido por la competencia, en el que la creación constante de nuevos productos, nuevas tecnologías, nuevos diseños y nuevas formas de identificación y presentación comercial de los productos o servicios es indispensable para sobrevivir. Patentes, modelos y marcas son pues diferentes medios a utilizar en una estrategia global dirigida a competir con éxito en el mercado y a defender este éxito frente a las actividades deshonestas de los competidores.
No existe prácticamente ningún tipo de negocio o empresa cuyas actividades no se vean afectadas en mayor o menor medida por los derechos de Propiedad Industrial, ya sean los propios o los de la competencia.
Y la misión de los Agentes de la Propiedad Industrial es precisamente la de proporcionar a las empresas el asesoramiento y la ayuda necesarios para utilizar de la manera más beneficiosa posible para sus intereses esos medios de protección de su creatividad proporcionados por las diversas normas jurídicas de Propiedad Industrial.
No cabe por tanto ni la menor duda de que los Agentes de la Propiedad Industrial desempeñan una actividad de primordial importancia que entraña una gran responsabilidad.

Las tareas básicas de un Agente de la Propiedad Industrial son las siguientes:

a)preparar, presentar y tramitar solicitudes de patentes, marcas y modelos ante la Oficina nacional o ante las correspondientes Oficinas internacionales, lo que entraña, sobre todo en el caso de las invenciones, la definición y delimitación de los derechos,
b)preparar y presentar ante la Oficina Española de Patentes y Marcas las traducciones de las patentes concedidas por la Oficina Europea de Patentes en Munich, con el fin de asegurar su validación,
c)servir de vínculo con los diversos colegas extranjeros a quienes se ha confiado la presentación y tramitación de solicitudes paralelas en sus respectivos países,
d)realizar las gestiones necesarias para mantener en vigor los registros así obtenidos,
e)mantener al cliente informado de nuevas solicitudes de patentes, modelos y signos distintivos en el sector relacionado con su actividad y, en su caso, iniciar las acciones pertinentes, tales como presentación de oposiciones,
f)asesorar al cliente en todo lo relativo a la cesión de sus derechos, incluído el otorgamiento de licencias de explotación, ya sea negociando y redactando los correspondientes contratos, ya sea, si el cliente es el licenciatario, dando nuestra opinión sobre las condiciones propuestas por el licenciante y sugiriendo y negociando modificaciones, así como procediendo a su inscripción registral.
g)asesorar al cliente sobre si determinadas actuaciones de terceros constituyen o no infracción de sus derechos de Propiedad Industrial o sobre si sus propias actuaciones constituyen o no una infracción de los derechos de Propiedad Industrial de terceros, enviando requerimientos o contestando a los recibidos por el cliente. Con frecuencia esta labor culmina en arreglos que evitan la intervención de los Tribunales,
h)colaborar con los abogados a quienes se confía la actuación ante los Tribunales cuando ésta es inevitable. Esta colaboración puede consistir, por ejemplo, en la preparación de informes técnicos, en la obtención de certificaciones en las Oficinas correspondientes, en la traducción de documentación técnica, etc., etc.


Esta es a grandes rasgos la labor, muy importante en el mundo actual, de los Agentes de la Propiedad Industrial. Para desarrollarla adecuadamente y poder facilitar un asesoramiento eficaz es imprescindible desvelar sin reservas al Agente de la Propiedad Industrial toda la información disponible sobre la gestación de las innovaciones, sobre sus caracterísiticas y sobre su aplicación o producción, así como sus planes de comercialización y de extensión a nuevos mercados, ya que una información parcial o insuficiente puede dar lugar a decisiones erróneas respecto al tipo de protección elegido o a su alcance geográfico. A este respecto no debemos olvidar , sobre todo si se pretende una protección más amplia que la meramente nacional, que existe un amplio abanico de posibilidades, tanto para la protección de los aspectos técnicos como para la protección de los aspectos ornamentales, así como también para la protección de los signos distintivos a aplicar. Es además imprescindible recabar el asesoramiento de los Agentes de la Propiedad Industrial en la fase inicial del desarrollo de nuevos productos o de nuevos signos distintivos y, desde luego, antes de su lanzamiento.

Es peciso anticiparse a los problemas y con la coordinación de los departamentos de marketing y legal de la empresa y el Agente de la Propiedad Industrial encontrar las fórmulas que aseguren una protección adecuada frente a terceros. La Propiedad Industrial e Intelectual deben tenerse en cuenta de igual modo que la planificación financiera, los estudios de mercado y demás variables que actúan en la vida de la empresa.

Una estrategia adecuada y planificada en Propiedad Industrial evitará problemas futuros en la defensa de los derechos de exclusiva.

Por todo lo expuesto, las circunstancias en torno al Agente deben ser tales que el cliente pueda depositar en él toda su confianza, razón por la cual los Agentes de la Propiedad Industrial están sujetos a un estricto código de conducta que ofrece, a quienes recaben sus servicios, las garantías necesarias para que exista ese imprescindible clima de confianza.