PATENTE – INVENTO



Una patente es un título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva la invención presentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular. Como contrapartida, la patente se pone a disposición del público en general para su conocimiento. La patente puede referirse a un procedimiento nuevo, el aparato nuevo, un producto nuevo o un perfeccionamiento o mejora de los mismos. La duración es de 20 años, se debe renovar cada año. Una patente se puede registrar a nivel Nacional, Comunidad Europea o Internacional.
Un ejemplo teórico sería la patente de una máquina de hacer puertas.
Importante: La propiedad de una patente será del primero que la presente al registro. Es imprescindible que toda la información de una nueva patente sea tratada con el máximo rigor sobre  discreción y confidencialidad.
Procedimientos  habituales serian los a continuación detallados:
Previo e Importante:
La propiedad de una patente será del primero que la presente al registro. Es imprescindible que toda la información de una nueva patente sea tratada con el máximo rigor sobre  discreción y confidencialidad.

Investigación Previa:
Consiste en hacer unas indagaciones previas a solicitud de nuestra patente, nos permitirá conocer las posibles ‘competencias’ que pueden entorpecer o impedir el registro. No es Obligatorio.

Solicitud de un expediente:
Cuando queramos conocer mas a fondo alguna de las  patentes detectadas en la investigación previa, se solicita  una documentación ampliada  de la patente que nos interesa. No es Obligatorio.

Solicitud de la Patente:
Una vez controlado que no nuestra patente NO está registrada,  procederemos a la solicitud de la patente a la Oficina de Patentes y Marcas. La OPM sella la entrada con fecha día y hora y se inicia el procedimiento interno de registro.
Para presentar la solicitud de la patente a la OPM, hacemos una memoria con la descripción, novedades que presenta la patente y sus utilidades. También hacemos uno o dos dibujos del objeto a patentar. Si por la complejidad de la patente requiriera más dibujos, estos  se cobran a parte.
La OPM puede tardar de 12 a 15 meses para la concesión de una patente, si varias personas presentan la misma patente, tiene prioridad la que antes ha entrado la solicitud. La OPM una vez haya hecho sus indagaciones y las de por buenas, presentará públicamente la patente a registrar durante dos meses por si hay alguna ‘amonestación’ o oposición por parte de otra patente.
Si presentan alguna ‘oposición’ a nuestra patente a registrar podemos hacer una ‘defensa’, ambos términos  también los veremos mas adelante.
El coste de la solicitud de la patente incluye las tasas, y se paga cuando se solicita, independientemente de que nos lo concedan o no, por esto es aconsejable un estudio previo que nos puede evitar un rechazo de solicitud por oposiciones de otras patentes.

Retirada del titulo de Propiedad de una Patente:
Tal como indicábamos, la tramitación de una patente requiere normalmente de 12 a 15 meses, y desde el mismo momento que hemos presentado la solicitud y la OPM estampa la fecha y la hora de entrada, nosotros tenemos la prioridad sobre esta patente salvo que ya este registrada con anterioridad.
Una patente se concede por un plazo de 20 años, tras este periodo pasa a ser de dominio publico salvo que procedamos a ‘Re-Patentar’ nuestra patente. Este punto lo veremos más adelante.
El titulo de propiedad debe renovarse cada año, las cuotas de los dos primeros años de la propiedad están incluidos en el precio de la retirada del título.

Cuota anual sobre el Título de Propiedad de una Patente:
El titulo de propiedad de la patente requiere un pago anual, las cuotas de los dos primeros años está incluidos en el precio de  retirada del titulo, los sucesivos años, dependiendo de variaciones de la OPM, los periodos de renovación van de 1 a 20 años.

Estudio sobre ‘Novedad Mundial’  de la Patente:
Es otro requerimiento que se debe hacer, tras la retirada de titulo de propiedad. con un  margen de 1 o dos años tras la concesión que consiste en un estudio técnico sobre la novedad y repercusión de la patente.

Seguimiento de la Patente:
Al igual que cuando nosotros solicitamos nuestra patente, otras patentes podían oponerse a nuestra solicitud, nuestro departamento técnico hará el seguimiento y  le informara, sin cargo, sobre las patentes que se soliciten y puedan interferir a la suya.

Defensa  a una oposición de nuestra  Solicitud de la Patente:
Previo a la solicitud de una patente, nosotros recomendamos un estudio previo sobre posibles patentes que puedan poner trabas a nuestra solicitud.
La OPM hace publica nuestra patente durante dos meses antes de concedérnosla para que otras patentes puedan presentar sus alegaciones y oposiciones.  Las oposiciones de las otras patentes no lo hacen porque si ya que les cuesta dinero. De creer que tenemos razón podemos presentar los pliegos de defensa para intentar neutralizar la oposición y obtener nuestro registro. Si la defensa es desestimada podremos  defender aún nuestra solicitud presentando un recurso.
Hemos de tener claro que  ‘que queremos patentar’ ya que la solicitud de una patente es para defender nuestros derechos sobre la misma pero cuesta tiempo y dinero.

Oposición a otra  Patente:
La OPM hace publicas las patentes solicitadas durante dos meses antes de concederlas, para que puedan presentarse las alegaciones o oposiciones de otras patentes. Nuestra oficina técnica le mantendrá informado ya que hace el seguimiento continuado sobre posibles intrusiones. De darse el caso y si  usted lo considera oportuno, podemos iniciar el proceso de oposición que no es mas que presentar las alegaciones sobre la posible interferencia de la patente solicitada en contra de la nuestra ya registrada y vigente.  Si la oposición es desestimada podremos  defender aún nuestra patente presentando un recurso.

Recurso a oposición o defensa denegada:
Un recurso es la solicitud  de revisión de una defensa o oposición denegada por la OPM., incluyendo Documentación, alegaciones,  aclaraciones pertinentes, etc….

Cartera de un Titular:
Es una herramienta que nos permitirá conocer o el patrimonio  registrado en la  OPM de una entidad o persona.

Cesión o transferencia del Titulo de Propiedad de la Patente:
El titulo de propiedad de una patente es ni mas ni menos el derecho exclusivo a la explotación de la patente registrada y  estar protegido ante copias.
El derecho de propiedad nos da la opción  de poder ceder o transferir la propiedad de la patente a un tercero. Ante esta situación debemos tener en cuenta dos vertientes que deben esta ligadas: la primera es la notificación ante la OPM del cambio de titularidad, la segunda,  que es aconsejable por no decir imprescindible, hacer un contrato mercantil con el beneficiario con las premisas, condiciones económicas, etc..

Licencias utilización de la Patente:
El titulo de propiedad de una patente es ni mas ni menos el derecho exclusivo a la explotación de la patente registrada y  estar protegido ante copias.
El derecho de propiedad nos da la opción  de poder autorizar la explotación temporal de la patente a terceros. Ante esta situación debemos tener en cuenta dos vertientes que deben esta ligadas: la primera es la notificación ante la OPM de la autorización, la segunda,  que es aconsejable por no decir imprescindible, hacer un contrato mercantil con cada beneficiario con las premisas, condiciones económicas, etc..

Contrato mercantil para Cesión o Licencias de la Patente:
La relación comercial entre el propietario de una patente y los beneficiarios, bien sea por una cesión o una licencia de explotación temporal, se deben reflejar detalladamente  por escrito y  estar sincronizado con la comunicación a la OPM. El titulo de propiedad de una patente es volátil  y pertenece al ultimo beneficiario que tiene constancia la OPM.  De aquí la importancia de que los cambios de titularidad o licencias de explotación esten amparados por un contrato mercantil.

Registro de la Patente en otros países:
La unidad mínima de registro de una patente es un país. El derecho de explotación de la patente esta limitado a los países donde se registre.
Cada país tiene diferentes matizaciones y precios para registrar una patente. Nuestro departamento técnico podrá asesorarle sobre la conveniencia de registro en otros países.

Registro de la Patente en países Comunitarios:
Ante la globalización cabe la posibilidad de registrar una patente a nivel de Comunidad Económica Europea.
Nuestro departamento técnico podrá asesorarle sobre la conveniencia de registro a nivel Comunitario o por países..

Registro de la Patente a nivel Internacional:
Es otra variante para globalizar nuestra patente a nivel mundial.  El problema a parte del coste, es que no todos los paises estan sujetos a la normativa de Patentes y marcas.
Nuestro departamento técnico podrá asesorarle sobre la conveniencia de registro a nivel Comunitario, por países o Internacional.

Re-Patentar nuestra Patente:
Transcurridos 20 años de la solicitud de la patente, esta pasará ser de utilidad  publica.
Una de las posibles formas de mantener los derechos de la patente inicialmente registrada, es volverla a patentar con los cambios pertinentes que permitan mejorarla.       Para mas detalles Consultar.